El porvenir de una empresa depende de diversos elementos, entre ellos, la disponibilidad de los profesionales que estén al frente de la misma y su conocimiento para encargarse de los asuntos fiscales, jurídicos y comerciales. A este tipo de encargados se les denomina administradores y sus funciones son tan relevantes que la designación debe constar a través de un certificado Registro Mercantil.
Ahora bien, existen diversas clases de administradores, debido a la variedad de formas en las que dicho rol puede ser llevado a cabo y a las necesidades que poseen los diferentes modelos empresariales. En este sentido, existen compañías pequeñas cuyas tareas derivadas de la representación y gestión pueden ser asumidas por una sola persona, en tal caso existe un único administrador.
Por otra parte, cuando es necesario disponer de dos o más personas, la administración se realiza de manera solidaria, mancomunada o por medio de un consejo. La primera modalidad se diferencia de las anteriores en el hecho de que a pesar de la concurrencia de sujetos, la actuación de los mismos no se ejerce conjuntamente.
Distinto es el caso de la actuación mancomunada, la mencionada modalidad también implica la participación de varios encargados, pero se establece con el fin de restringir la acción de los mismos condicionándola a que deben hacerlo juntos.
En cuanto a los consejos, estos son una alternativa colegiada, compuesta por miembros que poseen atribuciones particulares pudiendo ser de dirección, encargarse de las actividades de formación profesional o actuar en su condición de accionistas.

Obligaciones de los administradores
Ciertamente las formas bajo las cuales este cargo puede ejercerse están caracterizadas por las condiciones que limitan las actividades de quienes ocupen dichos cargos. Sin embargo, las funciones son básicamente las mismas.En virtud de lo anterior, deben representar a la empresa en los asuntos de carácter legal, mediante su firma; asimismo, son el rostro visible de esta y, en consecuencia, presiden reuniones y se encargan de las relaciones con los abogados de otras compañías, inversores, entre otros.Igualmente, tienen la obligación de supervisar las actividades que se han planificado con la finalidad de asegurarse de que todo marche correctamente, realizando las correcciones requeridas cuando sean idóneas.Así mismo, forma parte de sus funciones la toma de decisiones que determinan el futuro de la empresa y de quienes la componen, teniendo en su poder la facultad de fijar aumentos salariales, ascensos o realizar las transacciones comerciales.
En vista de dichas responsabilidades es fundamental que la selección de quienes ocupen estos puestos se haga cuidadosamente, procurando elegir a los más aptos y recordando que la validez de su nombramiento depende de la obtención del certificado emitido por el Registro Mercantil que los acredita como administradores y del cumplimiento apropiado de los procedimientos establecidos para ello.