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ARRAIGO SOCIOLABORAL

Arraigo sociolaboral en España

Residencia por circunstancias excepcionales para personas que cumplen el periodo de permanencia exigido y cuentan con uno o varios contratos de trabajo.

Gestoría colegiada nº 3211MadridRevisión profesional
Arraigo sociolaboral en España
GUÍA PRÁCTICA

Requisitos que revisamos

El arraigo sociolaboral exige, entre otros requisitos, permanencia continuada en España durante al menos dos años y uno o varios contratos que cumplan las condiciones reglamentarias.

✓Permanencia en España
✓Contrato o contratos
✓Antecedentes penales
✓Empleador y solvencia
✓Tasa administrativa
✓Documentación extranjera
GUÍA PRÁCTICA

El contrato es clave

No basta con aportar cualquier oferta. Revisamos jornada, salario, duración, empleador y documentación laboral antes de presentar.

  1. 1Revisión de permanencia
  2. 2Validación del contrato
  3. 3Preparación del expediente
  4. 4Presentación y seguimiento
CONTENIDO COMPLETO CONSERVADO

Información completa sobre Arraigo sociolaboral en España

Requisitos, documentación, procedimiento, plazos, condiciones y preguntas de la página original, ordenados dentro del nuevo diseño.

ARRAIGO LABORAL · ACTUALIZADO A 2026

Arraigo laboral en España: qué trámite corresponde ahora

El término “arraigo laboral” sigue utilizándose en búsquedas y consultas, pero el Reglamento de Extranjería vigente regula actualmente el arraigo sociolaboral como modalidad específica.

Si buscas información sobre el antiguo arraigo laboral, hoy debes comprobar si tu caso encaja en el arraigo sociolaboral u otra modalidad de arraigo.

María Ángeles Sánchez Parrondo, Gestora Administrativa colegiada nº 3211.

Consultar mi caso · 674 397 615

¿Qué es ahora el arraigo sociolaboral?

Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales para personas extranjeras que se encuentran en España, acreditan el periodo de permanencia exigido y aportan uno o varios contratos de trabajo que cumplen los requisitos reglamentarios.

Requisitos laborales principales

  • Uno o varios contratos de trabajo.
  • La suma de los contratos debe representar una jornada semanal de al menos 20 horas en cómputo global.
  • Debe garantizarse al menos el salario mínimo interprofesional o el salario de convenio aplicable, en proporción a la jornada.
  • La empresa o empleador debe cumplir los requisitos exigidos por la normativa.

¿Se siguen exigiendo tres años de permanencia?

No. En el régimen vigente, la regla general de las modalidades de arraigo distintas del arraigo familiar es una permanencia continuada mínima de dos años, sujeta a los requisitos generales y reglas de cómputo aplicables.

Formulario y presentación

La solicitud se tramita mediante el modelo EX‑10 y puede presentarse ante la Oficina de Extranjería competente o, cuando proceda, telemáticamente mediante Mercurio.

¿Cuánto dura?

La autorización por arraigo sociolaboral tiene una duración de un año. Su concesión lleva aparejada autorización de trabajo por cuenta ajena o propia durante la vigencia, en los términos reglamentarios.

Consulta la guía completa

Para requisitos, documentos, contrato, empresa, salario y procedimiento consulta nuestra guía de arraigo sociolaboral 2026.

Si tu vía está vinculada a formación, revisa el arraigo socioformativo.

Fuentes oficiales

GESTORÍA RP · EXTRANJERÍA

Antes de presentar, revisamos tu caso

Envíanos tu situación y la documentación disponible. Te indicaremos qué vía corresponde y qué falta antes de iniciar el expediente.

Quiero revisar mi expediente
PREGUNTAS FRECUENTES

Resolvemos las dudas importantes

¿Cuánto tiempo debo llevar en España?

La hoja oficial vigente exige un periodo mínimo de dos años de permanencia continuada.

¿Puede haber más de un contrato?

Sí, el reglamento contempla uno o varios contratos, siempre que el conjunto cumpla las condiciones aplicables.

¿Qué formulario se utiliza?

La solicitud de arraigo se tramita con el modelo oficial que corresponda al procedimiento vigente; verificamos el modelo antes de presentar.

GESTORÍA RP · EXTRANJERÍA

Expedientes revisados y tramitación telemática cuando corresponde

Gestoría administrativa colegiada en Madrid. Revisamos la documentación, determinamos el procedimiento aplicable y gestionamos la presentación y el seguimiento del expediente.

Gestor colegiadoPresentación telemáticaJustificante y CSVSeguimiento
01RevisiónComprobamos situación y documentación.
02PreparaciónOrdenamos el expediente y subsanamos carencias antes de presentar.
03PresentaciónTramitación electrónica cuando el procedimiento lo admite.
04ControlJustificante, seguimiento y requerimientos.
PREGUNTAS FRECUENTES

Dudas sobre el trámite y la presentación del expediente

Respuestas claras a cuestiones que suelen aparecer antes y después de presentar una solicitud de Extranjería.

¿Todos los arraigos tienen los mismos requisitos?

No. Arraigo social, sociolaboral, socioformativo y segunda oportunidad responden a supuestos distintos. La vía debe elegirse según la permanencia acreditable y las circunstancias personales, laborales o formativas del solicitante.

¿Conviene presentar un arraigo en cuanto cumplo el tiempo de permanencia?

Cumplir el periodo exigible es solo una parte del expediente. Antes de presentar conviene revisar de forma conjunta permanencia, documentación, antecedentes y los requisitos específicos de la modalidad de arraigo.

¿Puede Gestoría RP presentar mi expediente de forma telemática?

Cuando el procedimiento admite presentación telemática y el supuesto concreto lo permite, revisamos la documentación y gestionamos la presentación por la vía electrónica correspondiente. Antes de iniciar el expediente confirmamos el canal aplicable a tu caso.

¿Recibiré justificante de la presentación?

En las presentaciones telemáticas se conserva el justificante emitido por la sede electrónica. Cuando el justificante incorpora Código Seguro de Verificación (CSV), este permite comprobar la autenticidad del documento electrónico.

¿Qué significa que el expediente tenga CSV?

El Código Seguro de Verificación es un identificador que permite contrastar un documento electrónico en la sede del organismo que lo emitió. No sustituye la resolución: sirve para verificar la autenticidad del justificante o documento correspondiente.

¿Tengo que desplazarme a la gestoría para empezar?

Gran parte de la preparación documental puede organizarse a distancia. Si una fase exige presencia física, originales, toma de huellas o comparecencia personal, te lo indicamos específicamente.

¿Qué ocurre si Extranjería hace un requerimiento?

Revisamos el requerimiento, identificamos qué documentación o aclaración solicita la Administración y preparamos la respuesta dentro del plazo aplicable al expediente.

¿Los documentos extranjeros necesitan apostilla o traducción?

Depende del país, del documento y del procedimiento. Cuando corresponda, revisamos si necesita apostilla o legalización y si debe aportarse traducción jurada. Gestoría RP también gestiona estos trámites documentales.

¿QUIERES QUE REVISEMOS TU CASO?Preparamos el expediente antes de presentarlo.
Consultar con Gestoría RP →
EXTRANJERÍA · SIGUIENTE PASO

Servicios y guías relacionadas

Continúa con el trámite o consulta una guía específica antes de preparar la documentación.

¿Necesitas preparar documentos extranjeros?Apostilla, legalización, traducción o antecedentes pueden formar parte del expediente según el caso.

¿Quieres que Gestoría RP gestione tu trámite?

Revisión documental, preparación, presentación cuando proceda y seguimiento del expediente.

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Información de transparencia profesional

Gestoría RP es una gestoría administrativa privada e independiente de la DGT y de cualquier organismo oficial. No somos un organismo oficial ni representamos al Gobierno de España.

Prestamos servicios de asesoría técnica y gestión administrativa personalizada con honorarios profesionales. El usuario puede realizar los trámites directamente ante los organismos públicos competentes, abonando únicamente las tasas que correspondan. Nuestros honorarios corresponden a la gestión profesional del expediente y al asesoramiento.

Profesionales inscritos en el Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid · Colegiado nº 3211.

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