Solicitud Residencia Familiar Ciudadano de la UE
Extranjería – Solicitud Residencia Familiar Ciudadano UE
Esta solicitud de Tarjeta de Familiar de ciudadano de la Unión o del E.E.E., deberá presentarse personalmente por el familiar del ciudadano de la U.E. o del E.E.E. en la Oficina de Extranjería (cita previa) de la provincia donde pretenda residir en el plazo de 3 meses desde su llegada a territorio nacional. El plazo de resolución es de 3 meses desde la presentación de la solicitud, y el silencio administrativo, en este caso, es positivo. A la iniciación del expediente se le facilitará al solicitante su N.I.E. provisional hasta la resolución del expediente.
REQUISITOS:
- Acompañar o reunirse con un ciudadano de la U.E. u otro Estado parte del E.E.E., con derecho a residencia por un período superior a 3 meses, por ser trabajador por cuenta ajena o propia, tener seguro de enfermedad y medios económicos suficientes para la unidad familiar, o ser estudiante con seguro de enfermedad y recursos suficientes para la unidad familiar.
- El ciudadano de la U.E. u otro Estado parte del E.E.E., debe cumplir una de las siguientes condiciones:
- Ser trabajador por cuenta ajena en España, o
- Ser trabajador por cuenta propia en España, o
- Disponer para sí y los miembros de su familia, de recursos económicos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia. También deberá aportar un seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, que proporcione cobertura en España durante su período de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud. La valoración de la suficiencia de medios económicos se efectuará de manera individualizada y, en todo caso, teniendo en cuenta la situación personal y familiar del solicitante. Se considerará acreditación suficiente para el cumplimiento de este requisito la tenencia de recursos que sean superiores al importe que cada año fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado para generar el derecho a recibir una prestación no contributiva, o
- Ser estudiante y estar matriculado en un centro público o privado reconocido o financiado por la administración educativa para cursar estudios o formación profesional, así como contar con un seguro de enfermedad público o privado contratado en España u otro país que proporcione cobertura completa en España, y declaración responsable de que posee recursos económicos suficientes para sí y los miembros de su familia para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia.
- Acreditar el vínculo con el ciudadano del U.E. o del E.E.E.:
- Cónyuge, pareja de hecho o registrada, o pareja no registrada.
- Descendiente del ciudadano de la U.E. o del E.E.E., menor de 21 años o incapaz o que viva a su cargo (dependencia económica).
- Ascendiente del ciudadano de la U.E. o del E.E.E. o de su cónyuge o pareja registrada que viva a su cargo (dependencia económica).
- Cualquier miembro de la familia del ciudadano de la U.E. o del E.E.E. que viva a su cargo (dependencia económica) o que conviva con él en el país de procedencia (24 meses continuados), por discapacidad o por motivos graves de salud.
DOCUMENTACIÓN EXIGIBLE:
- Impreso de solicitud EX-19. Descargue aquí.
- Pasaporte completo válido y en vigor del familiar del ciudadano de la U.E.
- Acreditación del vínculo familiar con el ciudadano de la U.E. En caso de pareja no registrada, documentación acreditativa de la relación estable y duradera durante al menos 1 año, o bien de la descendencia en común.
- En su caso, documentación acreditativa de la condición de familiar a cargo (dependencia económica), mediante los justificantes de envíos o remesas de dinero a nombre del familiar.
- D.N.I. o certificado de registro del ciudadano de la U.E. o del E.E.E.
- Acreditación de medios económicos:
- Si es trabajador por cuenta ajena: Declaración de contratación por el empleador; Contrato de trabajo; Alta en la Seguridad Social; Etc.
- Si es trabajador por cuenta propia: Inscripción censo de actividades económicas; Inscripción Registro Mercantil; Alta en la S.S.; Etc.
- Si no ejerce actividad laboral: Seguro médico público o privado contratado en España o en otro país que de cobertura en España; Medios económicos suficientes para él y para los miembros de su familia que podrán acreditarse de cualquier forma de las admitidas en Derecho.
- Si es estudiante: Matrícula en Centro de Enseñanza público o privado reconocido por la Administración educativa; Documentación que acredite disponer de seguro de enfermedad público o privado. Podrá aportar tarjeta sanitaria europea; Declaración responsable de poseer recursos económicos suficientes para él y su familia durante el periodo de residencia.
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