CERTIFICADOS · JUSTICIA
Certificado de últimas voluntades gestionado por representación.
Preparamos la solicitud y comprobamos la documentación necesaria para obtener el certificado y continuar con los trámites sucesorios.
Te indicamos la documentación y el presupuesto antes de empezar.
GUÍA COMPLETA DEL TRÁMITE
Certificado de Últimas voluntades
Certificado de últimas voluntades y seguro de cobertura
Documentación a aportar:
Certificado Literal de Defunción, que habrá de ser original o fotocopia compulsada, expedido por el Registro Civil correspondiente a la localidad en que la persona haya fallecido, y en el que deberá constar necesariamente el nombre de los padres del fallecido.
IMPORTANTE: SI LA FECHA DEL FALLECIMIENTO ES POSTERIOR AL 2 DE ABRIL DE 2009 Y LA DEFUNCIÓN NO ESTÁ INSCRITA EN UN JUZGADO DE PAZ .NO ES NECESARIO PRESENTAR EL CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN. En este caso es imprescindible consignar el DNI/NIE del fallecido (si carece de NIE el nº de pasaporte o, en caso de no tenerlo, el de otro documento de identidad de su país de origen).
Solicitud:
El certificado de actos de última voluntad ha de solicitarse una vez hayan transcurrido 15 días hábiles a partir de la fecha de defunción.
Información adicional:
IMPORTANTE: CUANDO EL CERTIFICADO DE ACTOS DE ÚLTIMA VOLUNTAD HA DE SURTIR EFECTOS EN EL EXTRANJERO, NECESITA SER LEGALIZADO. NO SE OLVIDE DE ADVERTIRLO CUANDO LO SOLICITE DONDE SE LO EXPIDAN. Legalización única o Apostilla de la Haya
Al hablar de los Certificados de Actos de Última Voluntad en España estamos ante la presencia de un documento que pasa a acreditar a una persona. Pues estos Certificados de Actos de Última Voluntad en España van a ser los que acrediten para saber si esta persona ha legado un testamento y en qué notario han de dirigirse.
Dichos Certificados de Actos de Última Voluntad en España van a poderse obtener en copia, y son estrictamente necesarios para poder hacer cuenta de un acto sucesoral.
El certificado puede solicitarse por vía electrónica en la Sede del Ministerio de Justicia y también existen vías presencial y postal según el supuesto. La solicitud no puede presentarse hasta que hayan transcurrido 15 días hábiles desde el fallecimiento.
La solicitud puede tramitarse electrónicamente cuando se dispone de un sistema de identificación admitido por la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, como Cl@ve. El trámite online incluye el pago telemático de la tasa 006.
El certificado puede solicitarse a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia una vez transcurridos 15 días hábiles desde el fallecimiento. La solicitud está sujeta al pago de la tasa 006; no es un trámite gratuito.
Para solicitar el certificado hay que revisar la fecha de fallecimiento, la identificación del causante y, cuando corresponda, la documentación de defunción. Si el certificado va a utilizarse en el extranjero, también debe comprobarse si necesita apostilla, legalización o traducción.
Preguntas frecuentes sobre últimas voluntades
¿Cuándo puede solicitarse?
La solicitud no puede presentarse hasta que hayan transcurrido 15 días hábiles desde el fallecimiento.
¿Siempre hay que aportar certificado de defunción?
Depende de la fecha y del lugar de inscripción del fallecimiento. Revisamos el supuesto antes de preparar la solicitud.
¿Qué ocurre si se va a usar en el extranjero?
Debe comprobarse la legalización o apostilla aplicable y, si procede, la traducción.
Fuente oficial: Ministerio de Justicia — Certificado de Actos de Última Voluntad.
Contenido revisado por María Ángeles Sánchez Parrondo, Gestora Administrativa colegiada nº 3211.
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Nota informativa
En gestoríaRP cobramos por la gestión de documentos con un coste mínimo de 18€. Esta gestión puede realizarse sin coste acudiendo a los organismos oficiales encargados de su gestión de manera presencial
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CERTIFICADOS · GESTORÍA RP
Certificado de últimas voluntades: gestión y revisión documental
Te indicamos qué documentación necesitamos, coordinamos la solicitud y revisamos si el certificado requiere apostilla, legalización o traducción para su uso posterior.
Revisión previa
Comprobamos identidad, finalidad y documentación antes de iniciar la gestión.
Tramitación administrativa
Gestionamos el expediente ante el organismo competente dentro del alcance del encargo.
Uso en el extranjero
Si procede, coordinamos apostilla, legalización o traducción jurada.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar el certificado a través de Gestoría RP?
Sí, cuando el procedimiento permite representación o gestión profesional y disponemos de la documentación necesaria.
¿El certificado necesita apostilla?
Depende del país y del organismo receptor. Lo comprobamos antes de iniciar trámites adicionales.
¿Podéis coordinar una traducción jurada?
Sí. Podemos coordinar la traducción cuando el organismo de destino la exige.
¿Atendéis presencialmente y online?
Sí. Tenemos despacho físico en Madrid y también coordinamos gestiones a distancia cuando el procedimiento lo permite.
ASESORAMIENTO PROFESIONAL
Un documento clave para conocer si existe testamento.
El certificado permite identificar si la persona fallecida otorgó testamento y ante qué notario, una vez cumplidos los requisitos del procedimiento.
Últimas voluntades
Solicitud del certificado correspondiente.
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