Residencia Temporal por Familiar de Español: requisitos, procedimiento y claves prácticas.

La residencia temporal por familiar de español es una de las autorizaciones más solicitadas actualmente en España, especialmente tras la reforma introducida por el Real Decreto 629/2024, de 14 de mayo, que modifica el Reglamento de Extranjería. Este permiso permite a determinados familiares de ciudadanos españoles residir y trabajar legalmente en España, sin necesidad de tramitar una autorización previa de trabajo.
A continuación, te explicamos de forma clara y actualizada en qué consiste, quién puede solicitarla y cuáles son los requisitos exigidos por la normativa vigente.
¿Qué es la residencia temporal por familiar de español?
Se trata de una autorización de residencia regulada en el Reglamento de Extranjería para familiares de ciudadanos españoles.
Esta autorización:
- Permite residir y trabajar en España.
- Se concede inicialmente por 5 años, salvo excepciones.
- No exige contrato previo de trabajo.
- Da acceso a trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.
¿Quién puede solicitarla?
Pueden solicitarla los familiares directos de un ciudadano español:
1. Esposo o esposa.
2. Pareja registrada (pareja de hecho).
3. Pareja estable (aunque no esté registrada, si se puede demostrar convivencia).
4. Hijos menores de 26 años.
5. Hijos mayores de 26 si dependen económicamente, del ciudadano español.
6. Padres del ciudadano español si dependen económicamente de él.
Requisitos principales:
1. Demostrar el vínculo familiar
- Certificado de matrimonio.
- Certificado de nacimiento.
- Registro de pareja de hecho.
(Si el documento es extranjero, debe estar legalizado y traducido).
2. Que el familiar sea español.
- Se presenta el DNI español y la inscripción del nacimiento.
3. Demostrar dependencia económica (cuando sea necesario)
- En casos como padres o hijos mayores de 26 años, hay que demostrar que reciben ayuda económica continuada.
4. No tener antecedentes penales
- No debes tener antecedentes graves en España ni en tu país de origen.
5. Certificado médico.
- De no padecer enfermedades contagiosas (emitido por un médico colegiado)
Una vez concedida la autorización:
- Se solicita cita para huellas.
- Se tramita la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero).
- Se obtiene la tarjeta física.
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