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Residencia como familiar de español en Madrid: qué debes saber sobre la tarjeta EX-24

Actualizado en 2026 · Información orientativa elaborada por gestores administrativos colegiados

Gestor colegiado explicando la documentación EX-24 a una familia en Madrid

La tarjeta EX-24 es la autorización que permite a un familiar de ciudadano español residir y, en su caso, trabajar de forma legal en España. Cada año, cientos de personas en Madrid inician este trámite sin saber bien qué documentos se piden, cuánto tarda o qué errores pueden echar por tierra una solicitud. Este artículo reúne, en lenguaje claro, todo lo que conviene entender antes de empezar.

Lo que vas a encontrar en esta guía

  • Qué es exactamente la tarjeta EX-24 y quién puede pedirla
  • Qué familiares entran dentro del concepto de «familiar de español»
  • Requisitos y documentación habitual
  • Cuánto suele tardar y de qué depende
  • Errores frecuentes que conviene evitar
  • Preguntas frecuentes (FAQ) resueltas una a una

1. ¿Qué es la tarjeta EX-24?

El modelo EX-24 es la solicitud de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, y dentro de esa categoría se tramitan también los familiares de españoles que no tienen la nacionalidad. Es el documento que da cobertura legal a cónyuges, parejas de hecho, hijos o ascendientes de un español para vivir en España de forma estable.

Es importante distinguirla de otros trámites parecidos (como la reagrupación familiar ordinaria o el arraigo familiar): la EX-24 tiene su propio procedimiento, su propia documentación y sus propios plazos. Por eso conviene no mezclar conceptos y revisar muy bien de qué vía se trata en cada caso.

Sello profesional de un gestor administrativo colegiado en un expediente

2. ¿Quién puede pedirla? El concepto de «familiar de español»

En la práctica, se consideran familiares de un ciudadano español los siguientes perfiles:

  • Cónyuge (matrimonio inscrito y vigente).
  • Pareja de hecho registrada donde la normativa lo permita.
  • Hijos menores o dependientes, tanto del español como de su cónyuge o pareja.
  • Ascendientes (padres o abuelos) que estén a cargo del español.

No basta con tener un vínculo familiar: hay que poder acreditarlo documentalmente. El modo de probarlo varía según el país de origen del documento, por lo que en muchos casos se necesitan traducciones juradas y legalizaciones o apostillas.

3. Requisitos y documentación habitual

Aunque cada expediente es distinto, estos son los elementos que con más frecuencia se solicitan:

  • Pasaporte en vigor del solicitante.
  • Certificado que acredite el vínculo familiar (matrimonio, nacimiento, pareja de hecho…).
  • Documentación del familiar español (DNI y acreditación de su nacionalidad).
  • Justificante de medios económicos o de que la persona está a cargo del español.
  • Justificante de empadronamiento y de domicilio.
  • Fotografías y el formulario EX-24 correctamente cumplimentado.

La documentación extranjera suele exigir traducción jurada y, según el país, legalización o apostilla. Preparar todo esto con orden es la forma más eficaz de evitar un requerimiento o una denegación por un papel incompleto.

4. Plazos: ¿cuánto tarda la resolución?

Los tiempos dependen de la carga de trabajo de la oficina de extranjería, de si el expediente está completo y de si surge algún requerimiento de subsanación. Por eso, más que prometer fechas cerradas, lo útil es repasar bien la documentación antes de presentar y hacer un seguimiento activo de las notificaciones. Un expediente completo y ordenado es, en la práctica, un expediente más rápido.

5. Errores frecuentes que conviene evitar

  • Confundir la EX-24 con otras vías (reagrupación, arraigo) y presentar el formulario equivocado.
  • Entregar documentos sin traducir ni legalizar cuando son extranjeros.
  • No acreditar correctamente que el familiar está «a cargo» cuando se trata de ascendientes.
  • Dejar vencer plazos de subsanación por no revisar las notificaciones a tiempo.
  • Presentar un expediente incompleto y alargar innecesariamente el proceso.

Gestor revisando documentación en una oficina luminosa

Preguntas frecuentes sobre la residencia como familiar de español (EX-24)

¿La tarjeta EX-24 permite trabajar en España?

Sí. La autorización de residencia como familiar de ciudadano español permite, con carácter general, trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia, en las mismas condiciones que un ciudadano español. Conviene confirmar el detalle concreto en cada expediente, pero es una de las grandes ventajas de esta figura.

¿Qué diferencia hay entre la EX-24 y la reagrupación familiar?

Son vías distintas. La reagrupación familiar ordinaria la solicita un residente legal que quiere traer a familiares. La EX-24 se enmarca en el régimen de familiares de ciudadanos de la Unión (en este caso, familiares de españoles) y sigue un procedimiento y unos requisitos propios. Elegir la vía adecuada es clave para no equivocar el formulario.

¿Puedo pedirla si soy pareja de hecho y no estoy casado?

Sí, la pareja de hecho debidamente registrada puede entrar en el concepto de familiar, siempre que se pueda acreditar el vínculo con la inscripción correspondiente y se cumplan los demás requisitos.

¿Necesito tener ya una situación regular para solicitarla?

Cada caso es distinto y depende de la situación de partida, del vínculo familiar y de la forma de acreditarlo. Por eso lo más recomendable es que un profesional revise la viabilidad de tu situación concreta antes de presentar nada, para no encarrilar un trámite que pudiera no ajustarse a tu perfil.

¿Qué pasa si mis documentos están en otro idioma?

Los documentos extranjeros deben presentarse, por regla general, con traducción jurada y, cuando proceda, legalizados o apostillados. Sin esto, la administración puede no admitirlos y devolver el expediente para subsanación.

¿Cuánto cuesta tramitar la EX-24?

El coste total combina las tasas administrativas oficiales, la traducción jurada o legalización de documentos y, si se opta por ello, el acompañamiento de un profesional. Los honorarios no suelen incluir las tasas ni los gastos de traducción, por lo que conviene preguntar siempre qué está incluido en el precio.

¿Puede un gestor administrativo colegiado ayudarme con la EX-24?

Sí. Los gestores administrativos colegiados tienen habilitación oficial para actuar ante la administración y son una figura habitual en la preparación y presentación de este tipo de expedientes en Madrid. Trabajar con un profesional colegiado aporta seguridad y un seguimiento ordenado del trámite.

¿Qué pasa si me deniegan la solicitud?

Frente a una resolución desfavorable existen vías de recurso, pero los plazos son cortos y conviene no dejarlos pasar. La mejor estrategia es revisar el expediente antes de presentarlo para prevenir el motivo de denegación y, si aun así se produce, actuar con rapidez.

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Este contenido tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico individualizado. Cada expediente de extranjería es único y debe revisarse según las circunstancias concretas del solicitante.

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